Bargaining unit

DefiniciónFuente de la definiciónContextoFuente del contexto
The ‘bargaining unit’ is the group of employees that will be represented by the union in the context of a collective negotiation or bargaining.Government of the UK (s.f.)When the bargaining unit has been agreed the union may ask CAC to appoint a SIP to communicate with employees in the bargaining unit.Government of the UK (s.f.)

En el Reino Unido se establece que, en ocasiones, el empresario deberá negociar con una parte de los trabajadores sobre cuestiones referidas a las condiciones de trabajo. Este grupo de trabajadores es, por tanto, lo que se denomina bargaining unit. Por otro lado, cabe destacar que, para que sea posible que una empresa lleve a cabo un proceso de negociación colectiva con una organización sindical (trade union), debe primero reconocerla. A esto se le llama recognising a trade union.

En el ordenamiento jurídico español existe la figura de “unidad de negociación” si bien una unidad de negociación hace referencia a “el colectivo potencial de trabajadores y empresarios que pueden resultar afectados por el convenio colectivo que se pacte” (Molero Manglano, s.f.). Es decir, en el ordenamiento jurídico español y, con arreglo a lo estipulado en el artículo 83.1 del Estatuto de los Trabajadores (2025), la “unidad de negociación” hace más bien referencia al ámbito de aplicación de la negociación colectiva, y, por tanto, a aspectos como el ámbito funcional (el tipo de convenio a negociar), su ámbito temporal o el territorial (Pastor Martínez, 2023, pp.44-45). Esto señala que en el ordenamiento jurídico español la noción de “unidad de negociación” es más abierta que en el del Reino Unido, sin embargo, precisamente por esta naturaleza abierta puede entenderse como el colectivo potencial afectado por la negociación.

En cuanto a la traducción, bastará con entender que los conceptos presentan algunas diferencias a nivel de matiz entre ellos, que ya hemos presentado, pero observamos que está extendida la traducción de bargaining unit por “unidad de negociación” (por ejemplo, López-Terrada, 2022, p.77).