| Definición | Fuente de la definición | Contexto | Fuente del contexto |
| Entidad que gestiona el régimen especial de seguridad social de los funcionarios civiles del Estado, incluyendo la prestación de asistencia sanitaria, asistencia social, prestaciones por incapacidad y otras prestaciones económicas. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico | Ninguna otra entidad podrá utilizar la denominación de «Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado», ni el acrónimo MUFACE | Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, art.4.2 |
Según Muface (s.f.), “quedan excluidas del Mutualismo Administrativo las personas funcionarias de los Cuerpos y Escalas propias de otras Administraciones Públicas (Administración Local, Autonómica, de la Seguridad Social, Administración militar o de la Administración de Justicia), así como las personas funcionarias de Escalas propias de los Organismos Autónomos y el personal de administración y servicios propios de las Universidades”. Este término, junto con los vistos anteriormente relativos al mutualismo laboral u otros de otra temática, como Fogasa, es uno de los términos con mayor vinculación a la cultura de origen.
Hemos encontrado la traducción por General State Civil Servant Mutual Society (Muface) (DKV, s.f.), aunque, por mantener una línea coherente con las propuestas de traducción anteriores, proponemos Civil Servant Insurance and Pensions Scheme o Spanish Civil Servant Insurance and Pensions Scheme. No ha sido posible encontrar una traducción de este término en IATE y, en Eurlex solo lo encontramos como Muface. Recomendamos mantener las siglas del término origen en español entre paréntesis.