| Definición | Fuente de la definición | Contexto | Fuente del contexto |
| Convenio colectivo: convenio que se aplica en un sector de actividad económica. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico | La empresa deberá informar a las personas fijas-discontinuas y a la representación legal de las personas trabajadoras sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes de carácter fijo ordinario, de manera que aquellas puedan formular solicitudes de conversión voluntaria, de conformidad con los procedimientos que establezca el convenio colectivo sectorial. | Estatuto de los Trabajadores (2025) Art. 16. |
| Convenio colectivo ordinario: convenio de aplicación directa e inmediata a las relaciones de trabajo y materias conexas, siendo sus destinatarios los empleadores y los prestadores de servicio. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico | ||
| Convenio colectivo estatutario: convenio llamado estatutario o regulador por sus efectos normativos generales, que extiende su eficacia a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación durante todo el tiempo de su vigencia. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico | ||
| Convenio/Pacto colectivo extraestatutario: Convenio, llamado extraestatutario o irregular, en el que su finalidad normativa y contractual se obtiene por procedimientos distintos a los establecidos en el título III del Estatuto de los Trabajadores. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico | ||
| Convenio colectivo sectorial: Convenio que se aplica en un sector de actividad económica. | Diccionario Panhispánico del Español Jurídico |
El convenio colectivo es el “acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad” (Guía Laboral, Ministerio de Trabajo y Economía Social, 2024, p. 525). El convenio colectivo, como acuerdo resultante del proceso de negociación colectiva, debe formalizarse por escrito y debe ser presentado ante las autoridades laborales competentes en un plazo de 15 días tras su firma por la comisión negociadora (Guía Laboral, 2024, p. 528). Una vez presentado ante las autoridades laborales, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor en la fecha acordada por las partes negociadoras. En general, los temas objeto de acuerdo de los convenios colectivos son, entre otros (Guía Laboral, 2024, pp. 528-529):
- Salarios
- Jornadas
- Condiciones de empleo
- Medidas de promoción profesional
- Condiciones de productividad
- Obligaciones para la regulación de la paz laboral
Mencionaremos aquí que la diferencia entre el convenio colectivo y el pacto colectivo extraestatutario mencionado antes es el grado de eficacia, siendo el primero de eficacia general y el segundo de eficacia limitada (Iberley, 2024).
En Reino Unido, la TULR(C)A 1992 establece en su section 178 que el collective agreement es un acuerdo suscrito por o en nombre de una o más organizaciones sindicales y una o más organizaciones empresariales, referido a materias como:
- Las condiciones de empleo (terms and conditions) o las condiciones físicas en las que desarrollará su labor el trabajador.
- La contratación o la no contratación, o el cese o la suspensión del empleo de uno o varios trabajadores.
- La distribución del trabajo o de las funciones entre trabajadores o grupos de trabajadores.
- Las cuestiones relativas a la disciplina.
- La afiliación de los trabajadores a un sindicato.
- Las facilidades para los representantes sindicales.
- Los mecanismos de negociación o consulta y otros procedimientos relativos a cualquiera de las cuestiones mencionadas, incluido el reconocimiento por los empleadores o las organizaciones empresariales del derecho de un sindicato a representar a los trabajadores en dicha negociación o consulta o en la realización de dichos procedimientos. Como ya vimos en la explicación del término anterior, esta materia, en España, corresponde a la aplicación de los acuerdos interprofesionales.
De modo similar al caso español, los collective agreement, para ser considerados válidos, deben estar recogidos por escrito. Además, deben contener una disposición que establezca que las partes firmantes lo consideran un contrato vinculante (legally enforceable contract) (section 179, TULR(C)A 1992). Por otro lado, según lo especificado en la section 178.3, la legitimación de los sindicatos para negociar o suscribir un convenio colectivo debe ser reconocida (recognised, recognition) por el empresario o la organización empresarial.
No obstante, cabe destacar que el sistema jurídico de Reino Unido no contempla una jerarquización de los convenios colectivos, como ocurre en el caso español, y que existen menos restricciones y regulaciones al respecto (por ejemplo, a la hora de considerar legítimas a las partes negociadoras). Tal y como señalan algunos autores, esto puede deberse a motivos socioculturales y políticos históricos, como el gobierno conservador de Thatcher (Waddington, 2019, p. 605; López-Andreu, 2019).
En cuanto a la traducción de los términos recogidos y presentados en este apartado, encontramos, en el documento Collective Bargaining in Europe, de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (2004, p. 279), las siguientes propuestas de traducción:
| company collective agreement | convenio colectivo de empresa |
| supra-enterprise collective agreement | convenio colectivo para un grupo de empresas |
| sectoral collective agreement | convenio colectivo sectorial |
| extra-statutory collective agreement | convenio/pacto colectivo extraestatutario |
| statutory collective agreement | convenio colectivo estatutario |
| nationalcollective agreement | convenio colectivo nacional |
Tabla 65
Traducciones encontradas en el documento Collective Bargaining in Europe (2004).