| Definición | Fuente de la definición | Contexto | Fuente del contexto |
| The employee’s payslip must show: employee’s earnings before and after any deductions the amount of any deductions that may change each time they are paid, for example tax and National Insurance the number of hours the employee worked, if the employee’s pay varies depending on time worked | Government of the UK (s.f.) | Employers can choose whether they provide printed or electronic (online) payslips | Government of the UK (s.f.) |
Se establece, además, que el empresario no tiene la obligación de proporcionar un payslip en los siguientes casos:
- Cuando la persona realizando el trabajo no tenga el estatus de employee o worker, por ejemplo, si son contratistas.
- Cuando se trate de trabajadores en el servicio de policía
- Cuando se trate de marinos mercantes
- Cuando se trate de miembros de tripulación que trabajan en la pesca a la parte (share fishing)
En este sentido, en España, la “nómina” se define como el “recibo de salario” (Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, s.f.). De este modo, la Orden de 30 de julio de 1992 sobre instrucciones para la confección de nóminas recoge los aspectos que deben incluirse en estas, siendo estos los siguientes (art.5):
- Información de cabecera.
- Datos personales.
- Cuerpo de la nómina. En la primera línea de cada perceptor, se cumplimentarán las columnas de los importes íntegro, líquido y neto, de la siguiente forma:
- Importe íntegro.
- Importe líquido.
- Importe neto.
- Retribuciones
- Código: Con la clave asignada a cada retribución.
- 01: Sueldo.
- 02: Antigüedad (trienios).
- 03: Paga extraordinaria.
- 04: Complemento de destino.
- 05: Complemento específico.
- 06: Complemento de productividad.
- 07: Gratificación por servicios extraordinarios.
- 08: Complemento personal transitorio.
- 09: Indemnización por residencia.
- 10: Compensación por calidad de vida y equiparación del poder adquisitivo.
- 11: Complemento por Placas, Cruces o Medallas.
- 12: Complemento de productividad. Componente ordinario.
- 13: Complemento de productividad. Componente excepcional.
- 20: Complemento específico. Componente general.
- 21: Complemento específico. Componente singular.
- 22: Complemento específico. Componente por formación permanente.
- 23: Complemento específico. Componente por méritos docentes.
- 24: Complemento específico. Componente particular.
- 30: Plus convenio.
- 60: Horas extraordinarias.
- 80: Prestación familiar por hijos a cargo.
- 82: Incapacidad laboral transitoria (Reglamento General de la Seguridad Social).
- Concepto: literal correspondiente a cada retribución.
- Aplicación presupuestaria: la correspondiente a la retribución según su naturaleza.
- Código: Con la clave asignada a cada retribución.
- Deducciones formalizables. Aquellas cuyo ingreso se formaliza en el Tesoro Público. Aquí debe incluirse información sobre:
- Código: código asignado a cada deducción.
- Concepto: literal correspondiente a cada deducción.
- Base.
- Porcentaje aplicable a la base
- Importe: importe de la deducción
- Deducciones no formalizables.
- Siendo los códigos para las deducciones los siguientes:
- 01: IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
- 02: Derechos pasivos.
- 03: MUFACE (Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado).
- 04: ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas).
- 05: MUNPAL (Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local, extinta).
- 06: MUGEJU (Mutualidad General Judicial).
- 09: Cuota obrera del RGSS (Régimen General de la Seguridad Social).
- 20: Anticipo reintegrable.
- 21: Retención judicial.
- 22: Reintegro de préstamo de MUFACE.