Contrato formativo

DefiniciónFuente de la definiciónContextoFuente del contexto
El contrato formativo tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena en los términos establecidos en el apartado 2, o el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.Estatuto de los Trabajadores (2025) Art. 11. Contrato formativo, pp. 25-26Se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional o universitaria con personas que posean otra titulación siempre que no haya tenido otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.Estatuto de los Trabajadores (2025) Art. 11.
Tendrá por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo. Para el cumplimiento con el objetivo de cualificación profesional, la actividad laboral desempeñada en régimen de alternancia ha de complementar, coordinarse e integrarse con la actividad formativa.Servicio Público de Empleo Estatal (s.f.)

En Reino Unido existe la figura del apprenticeship y el apprentice, cuya definición encontramos más abajo, en la lista de términos EN-ES, pero que, en líneas generales, se asemeja bastante a la idea de contrato de formación en alternancia. Los apprentices, combinan la formación práctica con el estudio académico, debiendo dedicar un 20% de sus horas de trabajo a la formación. Un apprentice cobra el salario mínimo en Reino Unido y debe tener, al menos, 16 años. No obstante, hay diferentes tarifas y rangos salariales para estas figuras según su edad (Government of the UK, s.f.). Una traducción más general en cuanto a su nivel de vinculación cultural podría ser el work-training contract que encontramos en IATE (s.f.), que, además, mantiene el término “contrato” de manera análoga al español.