Contrato a tiempo parcial

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Contrato de trabajo concerniente a la prestación de servicios durante una parte de la jornada laboral, siempre que el número de horas acordadas para la prestación de servicios, bien sea al día, a la semana, al mes o al año, sea inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.Diccionario Panhispánico del Español JurídicoEl contrato a tiempo parcialpodrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad de contratación.Estatuto de los Trabajadores (2025) Art. 12.

En el documento del Employment Rights Act 1996 encontramos la denominación de part-time workers y part-time employees. En la página web del Gobierno de Reino Unido (s.f.) también es posible encontrar el binomio full-time contract y part-time contract. De forma análoga, es posible encontrar en el Estatuto de los Trabajadores (2025, art. 12, p. 33) el binomio “trabajador a tiempo completo” y “trabajador a tiempo parcial”. No obstante, si bien el Estatuto incluye la denominación ‘contrato a tiempo parcial’, no incluye ‘contrato a tiempo completo’ y lo habitual es encontrarlo como ‘contrato de trabajo a jornada completa’ o a ‘jornada parcial’ (Servicio Público de Empleo Estatal, s.f.).